Seguros para Talleres y Concesionarios
La protección que estabas esperando
Garantías únicas
Personalización
Máxima protección
Consulta todas las coberturas del Seguro para Talleres y Concesionarios
Nos hacemos cargo de los daños directos a consecuencia del fuego, tanto dentro como fuera del local asegurado. Incluimos las consecuencias inevitables del incendio, como los daños por humo, la acción del agua de los medios de extinción, y todos los gastos asociados de demolición/desescombro, salvamento, extinción, obtención de permisos y licencias, vigilancia, etc.
También te garantizamos esta cobertura independientemente de cuál haya sido su naturaleza, es decir, si se origina por causa fortuita, por mala intención de extraños, por negligencia propia o de las personas a tu cargo.
Te asesoramos telefónicamente en todos los aspectos legales relacionados con tu empresa.
Reclamamos los posibles daños no cubiertos en tu póliza, y defendemos los derechos relativos a la propiedad o alquiler del local en donde se realiza tu actividad asegurada.
24 horas de asistencia de urgencias para todo lo relacionado con averías en tu local, necesidades técnicas, etc.
Electricistas, cristaleros, carpinteros, técnicos de electrodomésticos, pintores, persianistas.
Garantizamos los daños, incluidos los desperfectos, causados en las instalaciones eléctricas tales como líneas de conducción, maquinaria y aparatos eléctricos por corrientes anormales, cortocircuitos, propia combustión o causas relacionadas con su funcionamiento, siempre que dichos daños sean causados por la electricidad o por la caída de un rayo.
Garantizamos el 100% de los desperfectos causados por las roturas accidentales de cristales, espejos, ventanales, lunas, rótulos externos y loza sanitaria, entre otros.
Garantizamos frente a los robos en el local o atracos que puedas sufrir tú o tus empleados. Igualmente quedan cubiertos los daños ocasionados al contenido y continente a consecuencia del robo o de su intento.
Garantizaremos la pérdida de beneficios, hasta la cantidad pactada si, por siniestro cubierto en la póliza se produce una interrupción temporal, total o parcial, de la actividad asegurada.
En Caser te garantizamos la indemnización por la rotura de la maquinaria y depósitos fijos que formen parte de tu actividad, en el emplazamiento indicado, a consecuencia directa de los daños que tengan su origen en un acto accidental, súbito e imprevisible
Cubrimos todos aquellos daños materiales de ordenadores y equipos electrónicos que sean de uso necesario para el funcionamiento de tu negocio.
Amortizamos los daños causados por los empleados, terceras personas o agentes externos. Golpes o daños por corrientes eléctricas.
También garantizamos los desperfectos producidos por errores en el montaje, defectos de engrase, falta de refrigeración, piezas flojas, etc.
Nos hacemos cargo del hurto de vehículos de exposición en concesionarios o de uso exclusivo de concesionario, por ejemplo los vehículos de prueba. El hurto es uno de los supuestos que rara vez se cubre en un seguro, dado que se relaciona con negligencia. En Caser sabemos que es de vital importancia tener en cuenta este tipo de siniestros, porque la base de tu negocio son los automóviles
En caso de robo con daños, nos hacemos cargo de proporcionarte vehículo de cortesía y gastos de vigilancia en caso de ser necesario. Si te rompen un cristal del escaparate necesitas protección en las horas en las que tú no estés. Y nosotros te la facilitamos.
Si a causa de un siniestro no se puede acceder al local, no se puede retomar el suministro de luz o agua, los proveedores no pueden dejar sus productos, etc. en Caser nos hacemos cargo de las pérdidas de beneficios que puedan suponer.
Garantizamos tu responsabilidad medioambiental por daño medioambiental o amenaza inminente del mismo, derivada del ejercicio de tu actividad. Además, nos hacemos cargo de los costes de descontaminación del suelo.
Garantizamos los daños a consecuencia de los siguientes supuestos:
- Fenómenos Atmosféricos: Lluvia, Intensa , Viento Fuerte, pedrisco, nieve.
- Inundación.
- Actos de Vandalismo o Malintencionados.
- Daños por Agua y los gastos derivados de la localización y reparación de la avería, provenientes de conducciones y filtraciones..
- Choque o impacto de vehículos propiedad de terceros.
- Desperfectos causados por aviones o nave aéreas.
- Derrame accidental de las Instalaciones Automáticas de Extinción de Incendios.
Responderemos por ti y por tu negocio y defendemos tus intereses y los de tu negocio. Porque nunca sabes lo que puede pasar. En Caser nos hacemos cargo de la Responsabilidad Civil extracontractual que pueda derivarse como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados involuntariamente a terceras personas por accidentes derivados o relacionados directamente con tu actividad profesional, especificada en la póliza.
RC de explotación
Reclamaciones que estén relacionadas con la propiedad o explotación de los edificios, maquinaria e instalaciones de la empresa asegurada, así como la derivada por los actos u omisiones que se ejecuten durante el desarrollo de tu actividad, tanto por tu parte como Asegurado, como por parte de tus empleados o de personas por los que legalmente debas responder.
RC locativa
Es la que responde por los daños causados durante el ejercicio de la actividad al titular de la propiedad, en el caso de que el Tomador se encuentre en régimen de alquiler.
RC de productos/ postrabajos
En Caser atenderemos las reclamaciones que te puedan realizar como Asegurado, siendo civilmente responsable de daños corporales, materiales y perjuicios a terceras personas, siempre que sean ocasionados por: productos fabricados, suministrados, vendidos o distribuidos por tu empresa o por ti, si eres autónomo. También obras, montajes o trabajos que hubieses ejecutado, así como los servicios que hubieses prestado después de haber finalizado tu prestación.
RC patronal
Mediante esta cobertura la garantía se extiende a amparar las reclamaciones por la responsabilidad civil que puedas tener, como asegurado, por los daños personales sufridos por tus trabajadores con ocasión de un accidente, ocurrido durante la ejecución de los trabajos propios de la actividad asegurada.
RC de trabajos en el exterior
Cubre los daños ocasionados en los locales y/o empresas en donde se ejecuten los trabajos de instalación, montaje o reparación. Esta cobertura te ampara las reclamaciones por los daños a los bienes preexistentes en dichas empresas y que puedan resultar dañados como consecuencia de los trabajos propios de tu actividad.
RC probadores
Aquella necesaria en talleres o concesionarios de vehículos, en las que, con ocasión de los recorridos de prueba de los vehículos por vías públicas, antes o durante la reparación de los mismos, cubrimos la posibilidad de que se produzcan daños a terceros.
RC objetos confiados
Todos los daños que puedan sufrir objetos que hayan sido puestos bajo custodia de tu empresa para su reparación o para ser guardados.
Además de las coberturas básicas, nos implicamos contigo en los siguientes supuestos, poniendo a tu disposición a un equipo legal preparado y, sobre todo, preocupado en tu caso:
- Defensa penal.
- Defensa ante las sanciones impuestas por la Administración. Multas, reclamaciones, indemnizaciones¿
- Defensa antes los procesos de la Seguridad Social y actas de las inspecciones de trabajo.
- Reclamaciones por incumplimiento de contratos de servicios.
- Contratos laborales.
El seguro de Automoción está orientado a concesionarios, así como talleres de reparación y centros de ITV. Existen ciertos supuestos en los que Caser no puede hacerse cargo como asegurador, dado que son supuestos que pertenecen a otra tipología de seguro:
- Los daños que deban de ser objeto de coberturas del seguro obligatorio de automóviles.
- Coste de reparaciones de las averías o del trabajo que sean causa de una mala ejecución que recaiga en la Responsabilidad Civil del Asegurado.
- Del mismo modo, bajo ningún supuesto, nos haremos responsables de los siguientes casos:
- Uso indebido de los vehículos por parte del asegurado.
- Daños cuya causa sea un defecto que, por su evidencia, debería haber sido apreciado por el asegurado en el momento de la entrega.
- Cualquier objeto o bien que se encuentre depositado en el interior del vehículo, así como aquellos accesorios que no sean de serie y que no sean fijos del mismo