Si soy el beneficiario de un seguro de vida, ¿cómo lo puedo saber?

Cómo saber si soy beneficiario de un seguro de vida
Normalmente, cuando alguien es beneficiario de un seguro de vida, es consciente de ello. Pero, si no se tiene esa certeza, se puede acudir al Registro de Seguros con Cobertura de Fallecimiento para confirmarlo.

Cuando se produce el fallecimiento de una persona que tiene contratado un seguro de vida, la entidad aseguradora está obligada a pagar la cantidad asegurada a los beneficiarios designados.

La mayoría de las veces, los beneficiarios son conocedores de su condición, pero no son pocos los casos en los que no se da esta circunstancia.

A fin de verificar tu condición de beneficiario, puedes acudir al  Registro de Seguros con Cobertura de Fallecimiento.

Esta consulta se podrá realizar de manera telemática, por correo postal o de forma presencial en el Registro General de Actos de Última Voluntad o en alguna Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia.

¿QUÉ SUCEDE SI NO HAY DESIGNADO NINGÚN BENEFICIARIO EN EL SEGURO DE VIDA?

Cuando una persona contrata un seguro de vida pero no designa beneficiarios o, tras haberlos designado, éstos tampoco estuvieran con vida para cobrar la prestación , aplicará, con carácter general, el orden de prelación previsto en la Póliza y, en última instancia, serán los herederos legales de la persona fallecida quienes tienen el derecho a cobrar el importe de la prestación.

¿SE PUEDE COMPROBAR SI UN FALLECIDO TENÍA SEGURO ONLINE?

Si te resulta más cómodo realizar esta consulta online, tienes que realizar los siguientes pasos para comprobar si un familiar fallecido tenía seguro de vida:

  1. Obtén el Modelo 790 para cumplimentarlo.
  2. Paga la tasa correspondiente, que no supera los 10 euros.
  3. Transcurridos diez días hábiles desde el fallecimiento del familiar, tendrás que acudir al Registro o a la Gerencia Territorial con el certificado de defunción.
  4. La expedición del certificado puede tardar unos 7 días aunque, dependiendo de la región, es posible recibirlo en mano en el momento de la solicitud.
  5. Una vez obtenido el certificado, con la confirmación de la existencia del seguro y siendo beneficiario del mismo, puedes reclamar tu indemnización a la compañía aseguradora que corresponda.

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