¿Cuándo se debe contratar un Plan de Pensiones?

Cuándo se debe contratar un Plan de Pensiones
Tomar la decisión de optar por un plan de pensiones como instrumento de ahorro e inversión a largo plazo es una medida que puedes llevar a cabo en cualquier momento de tu vida, ya que no existen restricciones en este sentido, más allá de las asociadas a la necesidad de contar con tu mayoría de edad para disponer de tu capacidad legal de obrar para la formalización un contrato.

No obstante, sí que es cierto que cuanto antes decidas contratar un plan de pensiones mejor será para ti en todos los sentidos.

En primer lugar, contratar lo antes posible un plan de pensiones implica unas mayores expectativas de rentabilidad, ya que tus aportaciones dispondrán de más tiempo para generar unos mayores rendimientos, y esto te permitirá no solo que puedas incrementar el volumen de tus aportaciones sin que te suponga un esfuerzo extra, sino que además permitirá la reinversión continuada del capital invertido y los intereses resultantes.

Por tanto, a modo de recomendación, como expertos en este ámbito consideramos que, en cuanto a la edad para contratar un plan de pensiones, lo ideal es que lo hagas cuanto antes, a ser posible al inicio de tu vida laboral.

¿CUÁL ES LA EDAD MÍNIMA Y MÁXIMA PARA CONTRATAR UN PLAN DE PENSIONES?

Como hemos comentado anteriormente, deberás ser mayor de edad para proceder a la contratación de un plan de pensiones, ya que con anterioridad a la obtención de esta consideración no dispones de capacidad legal para la formalización de un contrato de cualquier tipo.

Del mismo modo, tampoco se establecen limitaciones legales en cuanto a tu edad máxima para contratar un plan de pensiones, más allá de las normas establecidas en nuestra legislación vigente en materia de contratos, en cuanto a la inexistencia de una declaración legal que rescinda o límite, por cualquier motivo, tu capacidad de obrar.

Por tanto, dispones de una libertad total para contratar tu plan de pensiones y comenzar a realizar tus aportaciones en el momento que consideres oportuno, en función de tus intereses y expectativas de rentabilidad.

No obstante, consideramos preciso aclarar que, en el caso de que te estés planteando contratar un plan de pensiones una vez hayas formalizado tu jubilación efectiva, deberás tener en cuenta que tus aportaciones estarán destinadas a las contingencias en caso de dependencia o fallecimiento, ya que su utilidad como instrumento de ahorro previo al momento de tu jubilación carecerá ya de sentido.

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