Partícipe

Partícipe
En el ámbito específico de los planes de pensiones, un partícipe es la persona física a favor de la cual se contrata este instrumento de ahorro e inversión.

En este punto, el hecho de que se otorgue la condición de partícipe al beneficiario del plan de pensiones y no estrictamente a su titular, cuando en el caso de los planes de pensiones personales estas dos figuras recaen en la misma persona física, radica en que también se consideran participes del plan a aquellos que formen parte de un plan de ahorro colectivo o plan de empleo que formaliza una entidad como promotora para sus recursos humanos.

Como norma general, el partícipe será el responsable de realizar las aportaciones al plan de pensiones, salvo que estas sean realizadas en su nombre por la entidad promotora.

De hecho, si una persona ajena a los partícipes de un plan de ahorro colectivo desea pasar a formar parte del mismo y cumple los requisitos establecidos para ello, obtendrá esta consideración desde el mismo momento en el que realice su primera aportación, estando así sujeto a las obligaciones y derechos asociados al mismo.

¿QUÉ DERECHOS ESTÁN ASOCIADOS AL PARTÍCIPE DE UN PLAN DE PENSIONES?

El hecho de ser partícipe de un plan de pensiones lleva aparejado la capacidad de ejercer los siguientes derechos:

  • Disponer de la posibilidad de acceder a la información relativa al plan de pensiones que contemple la legislación vigente.
  • Solicitar la acreditación de pertenencia pertinente, como prueba de su consideración de partícipe.
  • Tomar las decisiones que considere oportunas en relación al traspaso de los fondos procedentes de sus aportaciones y derechos consolidados a otro plan de pensiones
  • Obtener la consideración de beneficiario de las prestaciones asociadas al plan de pensiones una vez se cumplan las especificaciones contempladas en el momento de su contratación.

¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES QUE DEBE ASUMIR EL PARTÍCIPE DE UN PLAN DE PENSIONES?

En contrapartida a los derechos expuestos en el punto anterior, la consideración de una persona física como partícipe de un plan de pensiones implica la asunción persona de las siguientes obligaciones:

  • Aportar y mantener actualizados aquellos datos personales requeridos por la entidad gestora del plan de pensiones para ostentar la consideración de partícipe, conforme a lo recogido en la Solicitud de Adhesión correspondiente.
     
  • Realizar las aportaciones periódicas acordadas con la entidad gestora, ya que estas son las que dan sentido a la existencia del plan de pensiones y a su consideración como partícipe del mismo.