Infidelidad laboral y daños provocados por empleados
Dentro de las coberturas que te ofrece tu seguro de empresa, y concretamente en la cobertura ampliada correspondiente al incremento de tu protección ante posibles robos o expoliaciones, estará incluida tu garantía frente a posibles daños provocados por la infidelidad de tus empleados.
En este sentido, esta cobertura ampliada de robo y expoliación, relativa a tu protección frente a comportamientos poco éticos o, incluso, delictivos de tus empleados se encuentra en las siguientes modalidades de seguros para tu negocio:
- Caser Comercio Connect - Seguro para farmacias.
- Caser Oficina Connect
- Seguro para Hoteles y otros establecimientos turísticos (incluida en cobertura opcional).
Pero, ¿a qué se refiere concretamente este aspecto? Cuando se habla de infidelidad de empleados se está haciendo referencia a aquellos daños materiales o económicos que tienen un origen directo en el desarrollo de acciones deliberadas por parte de un trabajador insatisfecho, y que están dirigidas a causar un perjuicio a la empresa en la que desarrolla su actividad profesional, para conseguir un beneficio propio o simplemente por venganza.
Dada la gravedad de este fenómeno, la ocurrencia de un caso de infidelidad por parte de un desempleado suele estar asociada, en caso de que sea probada, a su despido disciplinario.
¿QUÉ ASPECTOS ESTÁN INCLUIDOS DENTRO DE LA PROTECCIÓN POR INFIDELIDAD DE EMPLEADOS?
Dentro de esta cobertura de tu seguro de empresa, estará contemplada la recuperación del importe en cantidades en metálico, billetes de banco y cheques o talones bancarios que sean objeto de desfalco, sustracción, fraude o apropiación indebida por parte de personas que desarrollan su actividad al servicio del asegurado, a quienes este tenía confiada la custodia o intervención de fondos, cobros y pagos.
¿EN QUÉ CASOS NO PODRÁS CONTAR CON LA PROTECCIÓN POR INFIDELIDAD DE EMPLEADOS?
Por el contrario, la posible existencia de infidelidad por parte de uno o varios de tus empleados no se considerará cubierta por tu seguro de empresa si se detecta la presencia de alguno de los siguientes supuestos:
- La infidelidad o daño causado por el trabajador que no ha sido denunciada convenientemente a la policía.
- En el caso de que hayan transcurrido seis meses a partir de la fecha en la que dicha infidelidad o daño se produjo, sin que esta hubiera sido detectada por parte del asegurado.
- La presencia de infidelidades o daños cometidos por empleados que ya hubieran sido indemnizadas en su día por la compañía aseguradora.
- Aquellas infidelidades cometidas por administradores profesionales.
- Por último, no están incluidos dentro de esta cobertura los posibles perjuicios indirectos y la pérdida de intereses o beneficios, así como las multas o sanciones de cualquier clase, aunque estos pudieran venir derivados parcialmente de la infidelidad manifiesta de un trabajador.